Escrito por Luis Zarraluqui Navarro, Socio-director de ZARRALUQUI ABOGADOS DE FAMILIA.
Fuente: Actualidad Jurídica Aranzadi
A mediados de los ochenta, cuando finalizaba mi Master en Asesoría Jurídica de Empresas en el IE, vino a darnos la conferencia de fin de curso el prestigioso e inteligentísimo abogado José Mario Armero, titular de uno de los bufetes más importantes del momento especializado en el derecho de los negocios; hoy el despacho ha desaparecido absorbido por Uría. Si alguno de los que hizo el curso conmigo lee estas líneas recordara que, al acabar su brillante exposición, Pepe Mario – como era conocido por todos – nos preguntó ¿saben ustedes qué es lo que más valoro yo a la hora de incorporar un abogado para mi despacho? y, al no acertar ninguno, después de infinitos intentos, contestó “que sepa hablar inglés y QUE SEA SIMPÁTICO”.
¡Qué distinto es el día a día del ejercicio profesional de lo que se estudia en la Universidad!¡Qué poco tiene que ver una realidad con la otra!¡Qué mala – e ¿inútil? – es, en general, la formación que se imparte!
En el despacho que dirijo, desde mediados de los noventa hemos estado siempre muy preocupados por la auténtica formación del abogado de familia, PERO desde un punto de vista muy concreto: LA DEFENSA DEL CLIENTE.
La especialización de familia – que, tristemente, he de asumir que nunca llegará a tener jurisdicción propia pese a ser, prácticamente, la única que nunca desaparecerá, que nos afecta a todos y cuyos cambios son más controvertidos – no tiene una formación a la altura de su importancia. A veces me sorprende ver ofertas de formación en esta materia impartidas por profesionales – incluso muy reputados en sus trabajos – que apenas han tenido contacto auténtico con clientes; y aquí, me refiero a jueces, catedráticos… Sus conocimientos, muy importantes – no se cuestionan –, no sirven para formar abogados de esta especialidad; su utilidad es para conocer, en unos casos, la teoría – necesaria pero no suficiente – y en otros, su parecer – que, generalmente, no es unánime y es cambiante –. Recuerdo hace unos años haber escuchado a una jueza, titular de un juzgado de familia, en una conferencia, lo que a su parecer había que hacer, procesalmente, ante una determinada situación y, posteriormente, en sede judicial, no haber atendido a su propia recomendación, argumentando – ante mi desconcierto – que esas son cosas que se dicen en conferencias. ¡Vamos como los políticos!
Si estando a punto de cumplir cuarenta años dedicado a esta profesión alguien me preguntara hoy ¿cuál son las dos cualidades más importantes que tiene que tener una persona para ejercer como abogado de familia? sin dudarlo le respondería: ESTÓMAGO Y CAPACIDAD DE SUPERACIÓN DE LA FRUSTRACIÓN. Y me explico; para durar – que esa es “otra”, apenas hay profesionales especializados en esta materia que “duren” muchos años – ejerciendo como abogado de familia es fundamental que el interesado sea capaz de desenvolverse – sin que le afecte (o le afecte lo menos posible) o al menos le permita conciliar (jaja) con su vida personal – en un mundo que nada tiene que ver con lo que te cuentan.
En primer lugar, tenemos los ACUERDOS.
TODO EL MUNDO quiere un acuerdo: por el interés del menor, por economía, por rapidez, porque, judicialmente, no hay que estudiar un asunto, etc. ¿Quién es capaz de decir que no quiere un acuerdo? La mayoría de los jueces – con mezcla de ingenuidad, buen sentido y egoísmo procesal – antes del inicio de cada comparecencia suelen preguntar a las partes si hay posibilidades de un acuerdo. Verdaderamente sorprende que piensen que las partes no lo han intentado antes de llegar a esa situación o que, con su intervención – sin haberse practicado la mayor parte de la prueba – y/o el adelanto de lo que va a ser su sentencia (como el equipo psicosocial ha recomendado ……… entonces…), van a lograr ahí mismo un acuerdo (libre y voluntario), pero…; incluso hay algunos que les refieren en sala a los interesados – y en presencia de los atónitos letrados –, que los únicos beneficiados de que no lleguen a acuerdos somos los abogados con nuestras tremendas minutas. SIN COMENTARIOS (para evitarme un camino espinoso). También tenemos quien, cuando no se llega al acuerdo que fuerza – la presión que ejercen, en algunos casos, roza la coacción – amenaza con notificar su sentencia en 48 horas (hay algún juez de primera instancia que tarda seis meses en dictar sentencia), que cumple, tras haberla dictado, sin corregir, a un programa informático con resultado ininteligible.
Esta es la primera realidad a la que tienen que enfrentarse los abogados de familia.
(continuará)